La Convocatoria se enmarca dentro del Programa de Cultura Científica y de la Innovación del Plan Nacional de I+D+I y financiará los proyectos más destacados encuadrados en las siguientes tres líneas de actuación:
- La primera línea financiará proyectos de divulgación y comunicación de la ciencia.
- La segunda línea, dedicada a la cultura de la innovación financiará proyectos dirigidos a promover actividades en empresas o en estudiantes universitarios o no universitarios, que fomenten una sociedad abierta al cambio, la innovación y el emprendimiento.
- La tercera línea apoyará y potenciará las siguientes redes: Red de Museos de Ciencia y Tecnología y Red Local de Divulgación de la Ciencia y la Innovación.
El presupuesto del programa es de 3.250.000 €
La fecha límite de presentación de propuestas es el 17 de mayo.
MODALIDADES DE PROYECTOS Y ACTUACIONES OBJETO DE FINANCIACIÓN
Línea de actuación 1. Proyectos de fomento de la cultura científica
Esta línea de actuación tiene como finalidad financiar proyectos que tengan por objetivo fomentar la cultura científica en la sociedad. Las Conmemoraciones científicas de 2012, en especial el Año de la Neurociencia en España y el Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos, se englobarán en cualquiera de las tres modalidades
Modalidad 1.1. Cultura científica en la ciudadanía. Proyectos de divulgación y comunicación sobre cualquier temática científica dirigidos a público no especializado y ligados a los valores sociales y económicos de la actividad científica.
Modalidad 1.2. Fomento de las vocaciones científicas. Proyectos orientados a fomentar e impulsar las vocaciones científicas entre escolares y jóvenes mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora y la puesta en valor de su utilidad social y económica y su atractivo como profesión.
Modalidad 1.3. Proyectos de Semana de la Ciencia 2012. Proyectos de actividades de divulgación científica enmarcados en la Semana de la Ciencia 2012 que se celebrará a lo largo del mes de noviembre.
Línea de actuación 2. Proyectos de fomento de cultura de la innovación.
Esta línea tiene como finalidad financiar proyectos que fomenten la cultura de la innovación y el talento innovador y creativo en dos públicos clave para el desarrollo de una sociedad innovadora: las empresas y los jóvenes.
Modalidad 2.1. Proyectos de fomento de cultura de la innovación. Proyectos dirigidos a sensibilizar a las empresas, en especial las PYMES, sobre el conjunto de valores, hábitos y costumbres que promueven procesos de cambio basados en el conocimiento, cuyo resultado genera valor económico y social, a la vez que muestran la importancia competitiva que genera la implantación de una cultura innovadora en las organizaciones.
Modalidad 2.2. Proyectos de fomento del talento innovador y la creatividad. Proyectos de actividades que fomenten la creatividad y la innovación en los más jóvenes permitiéndoles desarrollar habilidades y valores propios de una generación preparada para el cambio y las nuevas ideas en la sociedad del conocimiento.
Línea de actuación 3. Redes de divulgación y comunicación de la ciencia y la innovación
Modalidad 3.1. Red de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i). Desde esta modalidad se se dará apoyo al programa anual de actividades dirigidas a la promoción de la cultura científica y de innovación desde una UCC+i, sea de nueva creación o ya existente.
Dentro de esta modalidad, sólo se podrá presentar una única solicitud por cada entidad con personalidad jurídica propia, a la que pertenezca o se adscriba la UCC+i.
Modalidad 3.2. Red de Museos de Ciencia y Tecnología. Desde esta modalidad se pretende dar apoyo al desarrollo de los proyectos de exposiciones o programas de planetarios más destacados, que sean solicitados por museos y centros de ciencia y tecnología o planetarios de España
Modalidad 3.3. Red Local de Divulgación de la Ciencia y la Innovación. Proyectos destinados a dar apoyo a un programa anual de actividades dirigidas a la promoción de la cultura científica y de innovación realizada desde los Ayuntamientos, con el fin de potenciar los esfuerzos realizados a nivel local en materia de divulgación.
Previsión del intervalo de proyectos a conceder por modalidad y la cantidad previsiblemente destinada a cada una de ellas:
Modalidades Importe máximo destinado Propuesta de nº máximo solicitudes Modalidad 1.1: Cultura científica en la ciudadanía 900.000 € 58-65
Modalidad 1.2: Fomento de las vocaciones científicas 500.000 € 30-35
Modalidad 1.3: Proyectos de Semana de la Ciencia 2012 350.000 € 15-20
Modalidad 2.1: Proyectos de fomento de cultura de la innovación 350.000 € 20-25
Modalidad 2.2: Proyectos de fomento del talento innovador y la creatividad 300.000 € 18-22
Modalidad 3.1: Red de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación 525.000 € 25-32
Modalidad 3.2: Red de Museos de Ciencia y Tecnología 200.000 € 4-6
Modalidad 3.3: Red Local de Divulgación de la Ciencia y la Innovación 125.000 € 10-15
Total 3.250.000 € 180- 220
PERÍODO DE EJECUCIÓN
Los proyectos que resulten finalmente aprobados y financiados en virtud de esta convocatoria deberán ser ejecutados en el plazo máximo de un año natural desde el 1 de septiembre de 2012, por lo que las actividades objeto de las solicitudes a financiar deberán ser ejecutadas con posterioridad a dicha fecha.
PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA
El importe global máximo que con carácter estimativo se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria es de 3.250.000 € (TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS).
Dado el carácter estimado de dicho importe, la concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
BENEFICIARIOS
Podrá ser solicitante y beneficiaria de las ayudas previstas en la presente convocatoria toda persona o entidad, con personalidad jurídica propia, con sede y legalmente constituida en España en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
No se podrán conceder ayudas para la realización de acciones incluidas en el apartado 2 en cuyo desarrollo o ejecución participen entidades con las que la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología haya suscrito un convenio u otorgado una ayuda para la financiación de la misma acción u otra que guarde relación o vinculación directa o la misma finalidad, cuya ejecución no haya finalizado a la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
PARTICIPACIÓN
Toda entidad podrá presentar cuantas solicitudes de ayuda estime oportuno, para la financiación de acciones enmarcadas en las distintas líneas de actuación definidas en el apartado dos de la presente convocatoria y a las modalidades en las que éstas se articulan.
Las solicitudes serán evaluadas en función de la modalidad en la que sean presentadas. Las solicitudes solo podrán presentarse a una de las modalidades de participación.
Las entidades podrán participar bien individualmente o bien en coordinación con otras entidades que a su vez cumplan los requisitos exigidos a los beneficiarios de la convocatoria. En este último caso, sólo uno de los solicitantes actuará como coordinador de la propuesta y se responsabilizará de la ejecución y distribución de la ayuda concedida al resto de los participantes en la acción. Igualmente se deberá justificar la idoneidad de ejecutar la acción en coordinación para el cumplimiento de los objetivos propuestos y aportar el documento mediante el que se haya formalizado la mencionada cooperación, contrato, convenio o acuerdo, en el que consten los derechos y obligaciones de los distintos participantes.
FINANCIACIÓN Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria podrán financiar hasta una cuantía máxima del 60% del presupuesto total del proyecto presentado en la solicitud con un límite máximo de 150.000 € por solicitud. Si finalmente el coste de ejecución real del proyecto fuera menor al presupuesto presentado, la cuantía inicialmente concedida se verá minorada en proporción a la reducción del coste final del proyecto. No obstante, no se aplicará dicha reducción siempre que la desviación del coste de ejecución real del proyecto no sea superior al 10% respecto del presupuesto inicial y se acredite el cumplimiento de los objetivos de ejecución, impacto y difusión marcados para el proyecto.
A estos efectos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 17.2 de la presente convocatoria, en la memoria económica justificativa del proyecto se deberá incluir el coste total real del proyecto, con independencia de la ayuda concedida, distinguiendo el coste por actividad y tipo de gasto, explicando brevemente dicha información.
FORMALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y el resto de documentación requerida a través del sistema electrónico de participación, se deberá elevar la solicitud a definitiva por el responsable de la acción. El plazo para elevar a definitivas las solicitudes presentadas por el responsable de la acción finalizará el 17 de mayo de 2012 a las 17:00 horas (hora peninsular española).
Una vez elevada a definitiva la solicitud por el responsable de la acción, se deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del representante legal de la entidad solicitante.
Sólo se entenderán debidamente presentadas las solicitudes que antes de las 13:00 horas (hora peninsular española) del 18 de mayo de 2012, hayan sido firmadas electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante.
La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones se realizará mediante firma electrónica avanzada, siendo válido el DNI electrónico y el certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y todos aquellos otros certificados digitales que se detallan en el apartado relativo a la firma electrónica de la web de la Convocatoria.
El certificado electrónico deberá pertenecer a una persona acreditada previamente como representante legal de la entidad solicitante en el Registro Único de Solicitantes de la FECYT.
Para que el responsable de la acción pueda acceder al sistema electrónico de participación deberá estar previamente dado de alta en el Registro de Solicitantes de la FECYT.
A través del sistema telemático se accederá a toda la información correspondiente a este proceso (texto de la Convocatoria, preguntas frecuentes, guía de participación, modelos de documentación, etc.).
No se admitirá la presentación de ninguna solicitud por medio distinto al descrito en los apartados anteriores o en las instrucciones establecidas al efecto en la web www.convocatoria.fecyt.es. No será admisible la firma y presentación de solicitudes en soporte papel.
EVALUACIÓN DE SOLICITUDES
Se establece un único proceso de evaluación para todos los proyectos presentados a la Convocatoria. Serán sometidos a una evaluación atendiendo a los mismos criterios, aunque dichos criterios tendrán un peso específico dependiendo de la modalidad a la que se haya adscrito el proyecto:
a) Criterios sustantivos: Definición de objetivos, formatos y grado de innovación, públicos.
b) Criterios operativos: Planificación, estrategia y plan de comunicación, experiencia de equipo, colaboradores.
c) Criterios económicos: Sostenibilidad, eficiencia
d) Criterios de impacto: Mecanismos de evaluación de impacto e impacto cuantitativo y cualitativo.
La puntuación mínima exigida al solicitante para poder ser beneficiario de una ayuda es de 60 puntos independientemente del procedimiento al que pertenezca la solicitud.
En este mismo apartado de la web puede acceder al documento “GUÍA DE EVALUACIÓN” en el que puede conocer con más detalle los elementos que integran la valoración de cada uno de estos conceptos.
RESOLUCIÓN PROVISIONAL
La resolución provisional de la presente Convocatoria se realizará en un plazo máximo de 90 días desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
ACEPTACIÓN
Una vez publicada la resolución provisional, las entidades solicitantes tendrán un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles a contar desde la fecha de la publicación para manifestar su aceptación, renuncia o exponer las alegaciones que estime oportuno realizar.
El escrito de aceptación, renuncia o alegaciones deberá presentarse a través del sistema electrónico de participación mediante firma electrónica del representante legal de la entidad.
RESOLUCIÓN DEFINITIVA
Examinadas las alegaciones y la documentación mencionada en el apartado anterior, la Comisión de evaluación elaborará una propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación de ayudas para cada uno de los tipos de procedimiento de solicitud establecidos, hasta donde alcance las disponibilidades presupuestarias.
La Junta Rectora u órgano en quien delegue el Patronato de la FECYT será el órgano competente para la adopción de resolución definitiva de concesión y denegación de las solicitudes.
La relación de propuestas aprobadas será publicada mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en la página web www.convocatoria.fecyt.es y mediante comunicación al beneficiario por el sistema electrónico de participación.
PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS
La propiedad intelectual o industrial generada por el beneficiario como consecuencia de la actividad financiada por esta convocatoria corresponderá a la FECYT y a la entidad beneficiaria, en proporción a la financiación final que cada parte haya realizado.
La eficacia de la anterior cláusula estará condicionada a que en el plazo de seis meses desde que el beneficiario comunique formalmente los resultados obtenidos que sean objeto de propiedad intelectual o industrial, la FECYT expresamente manifieste por cualquier medio admitido en Derecho su interés en participar en dichos resultados.
SEGUIMIENTO Y CONTROL
La entidad se compromete a colaborar en las actividades de seguimiento y control de las acciones objeto de ayudas conforme a las instrucciones que la FECYT publique a tales efectos.
Estas actuaciones de seguimiento y control podrán incluir la aportación de documentación adicional que la FECYT estime oportuna, comunicaciones periódicas, petición y evaluación de informes parciales, visitas in situ y control de la documentación recibida.
PATROCINIO
La FECYT podrá facilitar colaboraciones para patrocinios entre agentes privados del ámbito de la divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación, y aquellas entidades solicitantes que obtengan una evaluación positiva de conformidad con la ponderación establecida a tal efecto por la FECYT.