FUNDACIÓN UNIVERSIA convoca la concesión de ayudas económicas para la realización de Proyectos que tengan por finalidad fomentar y promover la inclusión social y laboral de personas con discapacidad, con el objetivo de fomentar la consolidación del principio de igualdad de oportunidades.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 17 de mayo de 2013.
Los proyectos a subvencionar deberán desarrollarse en alguno de los siguientes ámbitos de actuación o categorías:
- Empleo
- Formación
- Arte
- Deporte
- Investigación
REQUISITOS DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES
Las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Ser Universidades, Fundaciones o Asociaciones declaradas de utilidad pública y/o sin ánimo de lucro, federaciones o confederaciones de las fundaciones o asociaciones anteriormente indicadas y cooperativas sin ánimo de lucro legalmente constituidas.
- Estar domiciliadas en territorio español y presentar un proyecto que se desarrolle dentro de dicho territorio.
- Acreditar una solvencia técnica suficiente, en relación a experiencia, personal y medios técnicos para ejecutar debidamente el proyecto.
- Presentar el proyecto en el formato disponible en el microsite http://www.fundacionuniversia.net/microsites/ProyectosInclusivos/formulario.htmenviando la documentación y memoria con la extensión y estructura indicados en las bases.
- Justificar solvencia económica y financiera para el desarrollo del proyecto con la ayuda solicitada.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
Los proyectos a presentar deben reunir los siguientes requisitos:
- El proyecto a presentar debe estar dirigido a la inclusión sociolaboral de las personas con discapacidad y desarrollarse dentro del territorio nacional.
- Los proyectos deberán realizarse entre el 1 de junio de 2013 y el 30 de septiembre de 2014 con un periodo de duración mínimo de 6 meses y máximo de 12 meses.
Excepcionalmente, y cuando se justifique suficientemente, la Fundación Universia podría autorizar una prórroga en la realización del proyecto por un periodo adicional de hasta 3 meses. En estos casos, la prórroga del periodo de finalización del proyecto no supondrá en modo alguno una ampliación de la ayuda económica a recibir.
Quedan excluidos de la presente Convocatoria: - Los proyectos que no se dirijan específicamente, o bien, cuyo objetivo no implique un beneficio para el colectivo de personas con discapacidad o que no se encuadren en ninguna de las categorías contempladas.
- Los proyectos de infraestructuras que supongan inversión en inmuebles (adquisición, construcción, reforma, etc.).
- Los proyectos de patrocinio, difusión o realización de un acto puntual como congresos, jornadas o seminarios.
APORTACIÓN DE FUNDACIÓN UNIVERSIA
Fundación Universia concederá una ayuda a un proyecto por cada categoría prevista, pudiendo quedar desierta alguna de las mismas si los proyectos presentados no reúnen los requisitos y/o no responden, a juicio de la comisión de evaluación, a los criterios de valoración establecidos.
El importe total de la ayuda por proyecto será, como máximo, de 10.000 euros, valorándose positivamente que la entidad solicitante asuma un porcentaje del coste del mismo, bien con una aportación económica, bien con una aportación en bienes y servicios. En todo caso, las ayudas otorgadas no han de alcanzar necesariamente las cuantías solicitadas.
No serán gastos financiables a través de las ayudas a proyectos inclusivos los siguientes:
- Amortizaciones y costes financieros.
- Gastos de adquisición, construcción o reforma de instalaciones.
- Gastos corrientes de mantenimiento de la entidad.
- Gastos en dietas y/o viajes de los responsables del proyecto.
El importe de la ayuda se distribuirá del siguiente modo:
- Un 50% a la firma del convenio de colaboración con el que se inicia la puesta en marcha del proyecto.
- Un 30% a la entrega del informe de seguimiento que deberá entregarse a la mitad de desarrollo del proyecto, reservándose FUNDACIÓN UNIVERSIA el derecho a solicitar justificantes e incluso visitar y conocer in situ, en su caso, el desarrollo del mismo.
- Un 20% a la finalización del mismo, una vez se entregue por la entidad beneficiaria el informe final y la memoria económica con la justificación de todos los gastos previstos en el presupuesto.
Cualquier coste adicional que se derive de la realización del proyecto será cubierto con el importe concedido inicialmente, sin que se prevea en ningún caso ampliación de la ayuda concedida.
No podrán imputarse a la ayuda concedida ningún gasto anterior a la fecha de aceptación de la misma, ni posterior a la fecha final indicada en la memoria del proyecto.
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